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Civiles

Herencias, Contratos, Testamentos, Inmuebles

Compraventa e inscripción de inmuebles

Compraventa es un contrato de venta mediante el cual el vendedor o vendedora se obliga a hacer la transferencia del derecho de propiedad de un inmueble a cambio un pago a otra persona o entidad. En este acto El vendedor debe vender el inmueble y el comprador debe pagar el precio convenido.

Venta de inmuebles en El Salvador

En el Bufete Guevara & Portillo le ofrecemos ayuda para obtener su ciudadanía de los Estados Unidos, proceso que podrá iniciar después de haber sido residente permanente por al menos 5 años. En nuestras oficinas también le ofrecemos maneras y recursos para aprender sus preguntas del examen de ciudadanía por medio de naturalización.

Documentos requeridos:

Necesita o quiere comprar casa en El Salvador, nosotros le ayudamos con la búsqueda y tramitar la compra de su casa ya sea en la Ciudad o en la playa en cualquiera de los 14 departamentos de El Salvador.

Aceptaciones de Herencias

La aceptación de herencia es una acción voluntaria y autónoma, por medio el cual una persona o familiar es convocada a una herencia expresa su voluntad de aceptarla, en dicha aceptación de la herencia se reparten los títulos, bienes materiales, monetarios del causante.

CUANDO NO EXISTE TESTAMENTO

Es el llamamiento que por ley lo menciona el Código de Familia en su orden de sucesión intestada, por la cual la ley establece su primer orden de prioridad; los cuales son: los hijos de cualquiera que sea su filiación, el padre y la madre del causante, y el/la conyugue, y en todo caso el/la conviviente sobreviviente. En segundo orden, la ley menciona a los abuelos y los nietos, así como también, el tercer orden menciona que están llamados los hermanos del causante; los siguientes en orden son: los sobrinos, por consiguiente, los tíos; y por último orden los primos hermanos del causante.

Testamentos

El testamento o testimonio de voluntad, es decir: la manifestación legitima de nuestra voluntad, hecha solemnemente para hacerla valida después de nuestra muerte. El testador puede disponer libremente de sus bienes a favor de una o varias personas que tengan la capacidad legal para heredar, sin perjuicio de las reducciones a que se haya sujeto su patrimonio con arreglo a la ley.